
El dĆa de hoy, en consideración de las medidas implementadas por las autoridades sanitarias para contener la propagación del COVID-19, los órganos de gobierno del Poder Judicial del Estado publicaron un nuevo Acuerdo que extiende el periodo de suspensión de labores en sede judicial hasta el 2 de junio de 2020, por lo que reanudación de funciones y actuaciones jurisdiccionales serĆ” el dĆa 3 de junio de 2020, sin atención al pĆŗblico. Asimismo, se determinó que la suspensión de los plazos jurisdiccionales y administrativos se extiende hasta el 5 de junio de 2020, los cuales se reanudarĆ”n el 8 de junio de 2020, fecha en la que tambiĆ©n se reiniciarĆ” la atención al pĆŗblico de forma escalonada y regionalizada, conforme a lineamientos que posteriormente serĆ”n comunicados.
Cabe seƱalar que siguen vigentes los tĆ©rminos del Acuerdo emitido el 15 de abril anterior, por los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, en relación a que no se celebrarĆ”n las audiencias programadas con anterioridad y durante este perĆodo, salvo las excepciones siguientes:
1. En materia Penal y de Justicia Penal para Adolescentes: se realizarĆ”n las actuaciones urgentes de plazo constitucional, las relacionadas con la libertad personal en todas las etapas, órdenes y medidas de protección, incluyendo lo relativo a la cancelación, ratificación y modificación de las dictadas por el Ministerio PĆŗblico, la prohibición de acercarse o comunicarse con la vĆctima, la separación inmediata del domicilio, la limitación del acercamiento al domicilio de la vĆctima o al lugar en que se encuentre, órdenes de aprehensión, órdenes de cateo, asĆ como las seƱalados en el artĆculo 94, pĆ”rrafo tercero, del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Asimismo, se proseguirÔ la sustanciación de los asuntos en los que se encuentren involucradas personas privadas de la libertad, en virtud de la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva o por haber sido condenadas con pena de prisión, en todas las etapas. Se ratificó el exhorto a todos los juzgadores de estas materias, a observar las condiciones de internamiento de los imputados, procesados, acusados y sentenciados, relativas a la atención médica y medidas sanitarias.
2. En materia Familiar: se seguirÔn despachando las órdenes de protección y medidas precautorias como parte de un proceso judicial; asimismo, se celebrarÔn audiencias y se dictarÔn acuerdos respecto de los asuntos relativos a niñas, niños y adolescentes, adultos mayores o personas con discapacidad, pensión alimenticia, restitución de menores o providencias cautelares en la materia, de manera enunciativa y no limitativa.
3. El Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia continuarĆ” atendiendo depósito y pago de pensiones de lunes a viernes de 8 a 15:00 horas, al igual que los Juzgados de Oralidad Familiar ubicados en MĆ©rida en la sede de la PRODEMEFA (Col. San JosĆ© Vergel) y el Centro de Justicia para las Mujeres de la FiscalĆa (PerifĆ©rico Poniente). Al igual que los Juzgados Mixtos del interior del estado: Progreso, UmĆ”n, Motul, KanasĆn, Valladolid, Izamal, Tekax, Ticul, Valladolid y TizimĆn.
Finalmente, el nuevo Acuerdo también estableció una prórroga para que las y los servidores judiciales puedan presentar su Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses antes los órganos de control internos.







