


El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) declaró la nulidad de la elección de comisario en la comunidad de Cuch Holoch, municipio de Halachó, tras resolver el juicio JDC-094/2024 promovido por el ciudadano Nielzer Jesús Dzul Yah.
Durante la sesión del Pleno, se determinó que existieron irregularidades sustanciales en el proceso electivo, entre ellas la vulneración del principio de voto secreto, al realizarse la elección mediante la formación de filas visibles en favor de los candidatos, un método no previsto en la convocatoria y que contradice los principios democráticos establecidos en la ley.
Aunque se argumentó que la elección seguiría un sistema de usos y costumbres, el TEEY subrayó que dicho principio no puede ser utilizado para justificar prácticas que afecten los derechos político-electorales de los ciudadanos. El artículo 70 de la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán exige que el voto sea libre, secreto y directo, requisitos que no se cumplieron en esta elección.
Adicionalmente, el Tribunal constató que, pese a la renuncia de dos candidatos y la inconformidad manifestada por el promovente, la elección se llevó a cabo sin respetar el procedimiento señalado para los casos de candidatura única, lo que comprometió la certeza y legalidad del proceso.
Por estas razones, el TEEY revocó la constancia entregada a Sergio Canul Uicab como comisario electo y ordenó al Cabildo del H. Ayuntamiento de Halachó organizar una elección extraordinaria conforme a la normativa vigente.
Con esta resolución, el Tribunal reafirma su compromiso de garantizar elecciones transparentes, legales y respetuosas de los derechos ciudadanos en todos los municipios de Yucatán.
Transcripción para lectura en radio:
El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán declaró la nulidad de la elección de comisario en la comunidad de Cuch Holoch, municipio de Halachó, tras determinar que hubo irregularidades graves durante el proceso. Según el Tribunal, se vulneró el principio del voto secreto, ya que se pidió a los votantes formarse en filas abiertas, lo cual no estaba contemplado en la convocatoria.
Además, se ignoraron procedimientos clave, como los establecidos para casos de candidatura única, lo que afectó la legalidad del proceso. Por ello, se revocó la constancia entregada al ciudadano Sergio Canul Uicab y se ordenó una nueva elección.
Con esta decisión, el Tribunal reafirma su compromiso con la legalidad y la defensa de los derechos político-electorales de la ciudadanía.