Entre los cambios fiscales que el Servicio de Administración Tributaria aplicará en 2020 sobresale la facturación para arrendatarios.
En Yucatán, como en la mayoría de los Estados, los arrendantarios realizan contratos comerciales, principalmente de desocupación y desalojo, pero a partir del próximo mes, eso cambiará.
Por disposición del SAT, los arrendatarios tendrán que emitir facturas, de modo, que deberá elaborar un contrato de arrendamiento, figura que los protegerá en caso de promover un juicio contra el inquilino, que no desee abandonar la propiedad rentada, explicó la experta en finanzas, Marisol Cen Caamal.
A partir de enero, en caso de que un arrendatario desee promover un juicio contra su inquilino por falta del pago de la renta o no querer desalojar la propiedad, el primer requisito que solicitará el juez será la emisión de facturas.
En caso de que el arrendatario no cumplió con la disposición del SAT será multado y, será hasta entonces hasta que pague al fisco, cuando inicie el juicio para desalojar al inquilino, abundó la especialista.
Otro disposición que aplicará el SAT será del aumento al impuesto al ahorro que a partir de enero será 1.46% sobre los intereses que se generen.
El incremento del impuesto que aplicarán los bancos a los ahorradores por disposición del SAT, se podría recuperar si el ahorrador está dado de alta ante el fisco, siempre y cuando presente su declaración anual, porque por medio de ese trámite, podría recuperar parte del dinero que le retuvieron por medio del gravamen.