
Las infracciones son la suspensión provisional del permiso

A dos semanas que la comuna meridana liberó algunas calles de vendedores ambulantes, el secretario municipal, Alejandro Ruz Castro, dio a conocer que los locatarios que subarrenden su establecimiento para negocios informales serían clausurados o perderían el permiso. “Cada (locatario) tiene su uso de suelo determinado por la Dirección de Desarrollo Urbano. Si el algún momento detectamos que le dan un uso diferente al que se autorizó, la sanción puede ser la clausura y la revocación del permiso”, comentó.
De acuerdo con el Artículo 76 Fracción I, Inciso B, del Reglamento de Mercados del Municipio de Mérida, un locatario puede ser sancionado en caso de “vender, enajenar, subarrendar su local”.
Las infracciones, según el artículo 77 Fracción I de la norma mencionada, pueden ser “la suspensión provisional del permiso; revocación temporal o definitiva de la concesión; clausura definitiva del local, y arresto hasta por 36 horas”.
En el caso de la mejora continúa de los espacios públicos, Ruz Castro comentó que trabaja en algunos tianguis de la ciudad. “Pronto nos sentaremos con los liderazgos para tener otras opciones”, añadió.